Bienes culturales en derecho interregional español
Sinopsis
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.— II. FACTORES PARA LA DETERMINACIÓN DEL DERECHO APLICABLE, EN GENERAL: 1. Especiales características de los bienes culturales; 2. Problemas derivados de la aplicación de la lex rei sitae en relación con bienes culturales muebles; 3. Propuestas de lege ferenda. En particular, la Propuesta del GEDIP.— III. FACTORES PARA LA DETERMINACIÓN DEL DERECHO APLICABLE EN SUPUESTOS INTERREGIONALES, EN PARTICULAR: 1. Los litigios «entre Cataluña y Aragón» como hilo conductor: 1.1. Hasta la segregación de las parroquias de «La Franja de Ponent»/«La Franja oriental de Aragón»; 1.2. A partir de la segregación; 2. Determinación del Derecho civil aplicable. Relevancia de la plurilegislación civil, también en supuestos internacionales; 3. El actual marco normativo para la protección de bienes culturales en España: 3.1. Marco competencial; 3.2. Supuestos de inalienabilidad e imprescriptibilidad. Particular referencia al art. 28.3 LPHE; 3.3. Diferenciación entre bienes muebles e inmuebles; 3.4. Separación, traslado, disgregación; 4. Criterios para la determinación del régimen de protección autonómico aplicable: 4.1. Principio de territorialidad; 4.2. Principio de vinculación histórico-cultural.— IV. CONCLUSIONES: 1. Sobre la determinación de la lex rei sitae. Consideraciones de lege ferenda; 2. Sobre la determinación del régimen de protección autonómico aplicable.
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