Ámbito subjetivo de la prohibición: los prestadores de plataformas en línea
Sinopsis
Sumario:
I. Aclaraciones terminológicas previas en torno al concepto de plataforma. Diferencias relevantes entre la noción de plataformas en línea de la DSA y la de servicios básicos de plataforma de la DMA
1. Diferente ámbito material de ambas categorías: servicios intermediarios (DSA) y servicios de intermediación (DMA)
2. La designación del prestador del servicio de plataforma
3. El servicio caracterizador
II. La reformulación del término «difusión al público», en la DSA. ¿Exclusión de ciertos servicios?
III. La delimitación de los servicios integrados bajo la perspectiva de la DSA
1. Perspectivas unitarias. Tendencias a considerar el servicio de publicidad y el servicio principal como un servicio «indisoluble»
2. Perspectivas delimitadoras. Indicadores a favor de delimitar el servicio principal y el servicio de publicidad
2.1. La DMA y la regulación de los «servicios integrados»
2.2. La delimitación de los servicios integrados bajo la DSA
IV. ¿Es siempre un servicio intermediario de publicidad en línea un servicio de plataforma? Posibles excepciones bajo la DSA
V. ¿Deberían los grandes servicios de intermediación publicitaria (Alphabet Advertising, Meta Ads y Amazon Ads) ser designados como VLOPs?
VI. Medidas de compliance a ejecutar por cada prestador implicado en servicios que integren publicidad online basada en perfiles
VII. Medidas adicionales de transparencia publicitaria aplicables a las VLOP
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