Cuando las fuentes tradicionales del derecho internacional no son suficientes: las normas no vinculantes
Sinopsis
SUMARIO: 1. INTRODUCCIÓN.— 2. EL Soft law PARA EL DERECHO INTERNACIONAL.— 3. LAS NORMAS QUE NO QUIEREN SER VINCULANTES: UNA HERRAMIENTA CADA VEZ MÁS RECURRENTE: 3.1. Configuración; 3.2. Su empleo en ámbitos determinados (el ciberespacio).— 4. REFLEXIONES FINALES.— BIBLIOGRAFÍA
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227-242
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6 mayo 2025
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Derechos de autor 2025 Juan José Iniesta Delgado, Álvaro Núñez Vaquero, Diego M. Papayannis, Víctor García Yzaguirre, Rafael Escudero Alday, Lorena Ramírez-Ludeña, Juan Jorge Piernas López, María José Cervell Hortal, Hugo Osorio Morales (Autor de capítulo)
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Cómo citar
Cervell Hortal, M.J. (2025) “Cuando las fuentes tradicionales del derecho internacional no son suficientes: las normas no vinculantes”, in Soft Law: Aspectos teóricos y problemas prácticos. Madrid, España: Marcial Pons, Ediciones Jurídicas y Sociales (Monografías Jurídicas), pp. 227–242. doi:10.37417/soft-law/08.