Contratos de consumo, determinación de la ley aplicable y protección del consumidor
Sinopsis
SUMARIO: 1. LA DETERMINACIÓN DE LA LEY APLICABLE A LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES: «CONFLICTOS INTERNACIONALES» VS. «CONFLICTOS INTERREGIONALES». LA REGLA DE REMISIÓN DIRECTA DEL REGLAMENTO ROMA I EN CASO DE ESTADOS PLURILEGISLATIVOS.— 2. «CONFLICTOS INTERNACIONALES» Y LEY APLICABLE A LOS «CONTRATOS DE CONSUMO»: 2.1. Los «contratos de consumo»: celebrados por un «consumidor» persona física para un uso ajeno a su actividad comercial o profesional; 2.2. La ley aplicable a los «contratos de consumo»: 2.2.1. Las reglas específicas de determinación de la ley aplicable a los contratos de consumo en los que interviene un consumidor pasivo: 2.2.1.1. La elección de la ley aplicable. Límites; 2.2.1.2. La ley aplicable en defecto de elección; 2.2.1.3. Los contratos excluidos del régimen específico previsto a para los contratos de consumo; 2.2.2. Los «contratos de consumo» en los que interviene un consumidor activo: 2.2.2.1. La elección de la ley aplicable. Límites; 2.2.2.2. La ley aplicable en defecto de elección.— 3. «CONFLICTOS INTERREGIONALES»: LA FALTA DE REGLAS ESPECÍFICAS PARA DETERMINAR LA LEY APLICABLE A LOS «CONTRATOS DE CONSUMO»: 3.1. Criterios generales: sumisión expresa y criterios subsidiarios; 3.2. Contratos relativos a bienes inmuebles; 3.3. Compraventas de bienes muebles corporales realizadas en establecimientos mercantiles.— 4. CONCLUSIONES.— 5. BIBLIOGRAFÍA.
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